CONTROL DE CALIDAD DE LAS ETAPAS CLÍNICAS EN RADIOTERAPIA

1. Evaluación Inicial

Definición: valoración que realiza el médico especialista en Oncología Radioterápica del estado del paciente, tipo y extensión de la enfermedad y posibilidades terapéuticas aplicables.
Objetivo: obtener los datos que permitan ofrecer la mejor opción terapéutica.
Responsable: médico especialista en Oncología Radioterápica.
Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):
  • Equipo asistencial de formación acreditada
  • Comité de tumores
  • Protocolos diagnósticos actualizados
  • Sesiones clínicas del servicio
Procedimientos: Comprobación de los datos identificativos del paciente.


Valoración clínica mediante:
  1. Anamnesis
  2. Información de los exámenes complementarios realizados
  3. Exploración física
  4. Solicitud y evaluación de pruebas complementarias
  5. Diagnóstico nosopatológico
  6. Diagnóstico de extensión de la enfermedad
  7. Clasificación en grupos pronósticos (estadio clínico o TNM).
  8. Evaluación de factores de riesgo (otros tratamientos y patología asociada).
Valoración pronóstica: en función de los datos obtenidos en la etapa anterior.

Se expresará mediante la probabilidad de: control local, supervivencia y efectos secundarios tardíos a 5 años.
Cumplimentación de los impresos que constituyen la documentación clínica del paciente

Sistema de evaluación: Revisión periódica de protocolos terapéuticos.



2. Decisión Terapéutica


Definición: etapa clínica en la que el médico especialista en Oncología Radioterápica elige entre las modalidades de tratamiento posibles, aquella cuyos objetivos metodología y desarrollo se adaptan mejor a las necesidades y deseos del paciente.
Objetivo: obtener la opción terapéutica óptima para cada situación clínica y necesidades del paciente con relación a los medios disponibles.
Responsable: médico especialista en Oncología Radioterápica

Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):
  • Equipo médico de formación acreditada.
  • Datos clínicos y exámenes complementarios de la etapa anterior.
  • Protocolos de opciones terapéuticas para cada situación clínica
  • Participación informada del paciente en el proceso de decisión
  • Comités de tumores/sesiones clínicas
Procedimientos: Integración de los datos obtenidos en la etapa anterior. 
  1. Aplicación del protocolo asistencial correspondiente.
  2. Información al paciente de sus situación, pronóstico, opciones, ventajas e inconvenientes y posibilidades de conseguir el objetivo.
  3. Selección del objetivo del tratamiento (curativo, paliativo).
  4. Elección de la modalidad de tratamiento.
  5. Definición del volumen tumoral y vías de diseminación.
  6. Definición de tejidos a irradiar con fines preventivos.
  7. Identificación de los tejidos u órganos sensibles o críticos.
  8. Programación de la etapa siguiente.
  9. Presentación y discusión en la sesión clínica correspondiente o comité de tumores.
  10. Cumplimentación de la documentación clínica del paciente.
Sistema de evaluación: discusión conjunta en la sesión clínica correspondiente y revisión de las historias clínicas para evaluar los resultados de los tratamientos a largo término.

3. Localización

Definición: etapa clínico-técnica en la que el médico especialista en Oncología Radioterápica delimita los volúmenes blanco y los órganos críticos con sus márgenes correspondientes para la planificación del tratamiento.
Objetivo: definir y delimitar los volúmenes de tejido a irradiar y proteger.
Responsable: médico especialista en Oncología Radioterápica.
Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):
  • Equipo médico y técnico de formación acreditada.
  • Sesión clínica del servicio.
  • Información y documentación obtenida en la etapa anterior.
  • Imágenes bi o tridimensionales de las estructuras corporales.
  • Medios técnicos para la delimitación de los volúmenes de interés.
  • Obtención de documentos controlables y archivables.
Procedimientos:
  1. Elección de las imágenes anatómicas adecuadas.
  2. Delimitación gráfica del volumen tumoral.
  3. Delimitación gráfica de los órganos críticos.
  4. Delimitación gráfica de los volúmenes a considerar en la irradiación.
  5. Presentación en la sesión clínica correspondiente.
  6. Transmisión de los datos a la unidad clínica del paciente.
Sistema de evaluación: discusión en la sesión clínica conjunta, revisión de la documentación gráfica e historia clínica en la localización de los volúmenes de interés y en las verificaciones periódicas a lo largo del mismo.


4. Plan de Irradiación

Definición: Etapa clínico-técnica en la que se hace la propuesta terapéutica en base a la enfermedad, el estado del paciente, medios disponibles, experiencia y estado del arte de la especialidad.
Consta de: prescripción provisional, cálculo, optimización y prescripción definitiva.
Prescripción provisional: constituye el primer paso del plan de irradiación e incluye los detalles propios de la irradiación y los de todos aquellos medios físicos, químicos o biológicos que tengan por objeto la modificación de los efectos de una dosis o ciclo de irradiación.

Es responsabilidad del médico especialista en Oncología Radioterápica y en concreto concluye:
  1. Tipo y calidad de la irradiación
  2. Volumen blanco y órganos a proteger
  3. Dosis por fracción
  4. Número de fracciones a suministrar por semana
  5. Dosis total a administrar
  6. Todas las especificaciones de dosis según las recomendaciones específicas en el caso de tratamientos braquiterapicos
Cálculo: Es el procedimiento que tiene como objeto determinar las dosis absorbidas en los distintos volúmenes en función de los haces de irradiación y de las características anatómicas del paciente. Es la responsabilidad del radiofísico hospitalario.

Optimización: Es el procedimiento mediante el cual el médico especialista en Oncología Radioterápica y radiofísico hospitalario actuando en colaboración, modifican, si preciso fuera, el cálculo inicial por otro mas favorable.

Prescripción definitiva: Es el procedimiento mediante el cual se decide el tratamiento definitivo a administrar. Es responsabilidad del médico especialista en Oncología Radioterápica.Objetivo: obtener el plan de tratamiento óptimo.

Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):
  • Personal médico de formación acreditada.
  • Personal físico de formación acreditada.
  • Protocolos terapéutico-técnicos.
  • Medios dosimétricos para la evaluación de la propuesta.
  • Documento de consentimiento informado.
Procedimientos:
  1. Establecimiento de las características del tratamiento.
  2. Ejecución de la dosimetría clínica.
  3. Optimización.
  4. Comprobación de la hoja de tratamiento.
  5. Información al paciente del procedimiento a seguir
  6. Obtención del consentimiento informado
  7. Cumplimentación de la documentación clínica del paciente.
Sistema de evaluación: evaluación de los protocolos de tratamiento, revisión de las fichas de tratamiento y revisión de la documentación de dosimetría clínica.
5. Simulación y /o verificación del tratamiento

Definición: reproducción fidedigna y documentada de las condiciones del tratamiento prescrito que se lleva a cabo antes de iniciarlo.
Objetivo: verificar que las características del tratamiento previsto se ajustan a las necesidades
Responsable: médico especialista en Oncología Radioterápica
Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):
  • Personal médico, físico y técnico de formación acreditada
  • Documentación de todas las etapas anteriores e informe dosimétrico.
  • Medios de contención, inmovilización y colocación disponibles.
  • Sistema de alineación disponible y fidedigna.
  • Dispositivos para la conformación y modulación del haz disponibles
  • Sistema de verificación fidedigno.
  • Sistema para la obtención de documentación controlable.
Procedimientos:
  1. Identificación del paciente.
  2. Colocación del paciente.
  3. Colocación de sistemas de contención e inmovilización si procede.
  4. Alineación con los ejes de la unidad en relación a las referencias cutáneas.
  5. Verificación de las variables de la unidad recogidas en la hoja de tratamiento.
  6. Verificación de las puertas de entrada cutáneas con la luz del colimador.
  7. Colocación y verificación de las protecciones y conformaciones previstas.
  8. Toma de imágenes radiológicas o en tiempo real.
  9. Comparación con las imágenes previstas en la planificación aceptada.
  10. Obtención de documentación gráfica controlable.
Registro documental: cumplimentación de la documentación clínica del paciente.
Sistema de evaluación: valoración de las discrepancias entre el plan previsto y verificado. (Incluir protocolo de tolerancias).

6. Aplicación del Tratamiento

Irradiación externa o teleterapia
Definición: proceso mediante el cual se lleva a cabo la irradiación terapéutica, reproduciendo en la unidad de tratamiento los parámetros de irradiación y posición del paciente, contenidos en el informe dosimétrico y ficha de tratamiento.
Objetivo: reproducir en cada sesión de tratamiento el plan terapéutico previsto y especificado en el informe dosimétrico y ficha de tratamiento.
Responsable: personal sanitario que administra el tratamiento (técnico especialista en radioterapia).
Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):
  • Personal técnico de formación acreditada
  • Hoja de tratamiento debidamente cumplimentada
  • Unidad de tratamiento verificada.
  • Sistemas de posicionamiento, inmovilización y protecciones disponibles.
  • Sistemas de verificación de campos de irradiación
  • Sistemas de seguridad
  • Manuales de funcionamiento de las unidades de tratamiento.
Procedimientos:
  1. Identificación del paciente.
  2. Colocación y alineación del paciente y del eventual sistema de inmovilización.
  3. Colocación de las protecciones y modificadores del haz correctamente identificados.
  4. Verificación del tamaño de campo, distancia de tratamiento.
  5. Verificación de las características del tratamiento en cuanto a calidad de la radiación, energía, tasa de dosis y dosis a administrar (tiempo, unidades de monitor).
  6. Puesta en marcha de la unidad de tratamiento.
  7. Anotación en la hoja de tratamiento de la sesión administrada y de las posibles incidencias en la documentación clínica. Identificación y firma del personal sanitario que administre el tratamiento.
  8. Verificación de los campos de irradiación mediante sistemas de imagen.


Sistema de evaluación: conformidad firmada del inicio del tratamiento por el oncólogo radioterápico, físico y personal sanitario que administra el tratamiento. Controles sucesivos a lo largo del tratamiento de la reproducción de la técnica prevista así como de la hoja de tratamiento.

Aplicación del Tratamiento

Braquiterapia
Definición:
colocación del material radiactivo en el tejido tumoral (Braquiterapia intersticial), en su superficie externa (plesioterapia) o en una cavidad anatómica (endocavitaria), mediante carga inmediata o diferida (manual o mecanizada).
Objetivo: situar el material radiactivo dentro o lo más cerca posible del tumor para conseguir una distribución de dosis óptima en relación al tumor y tejidos sanos circundantes.
Responsable: médico especialista en Oncología Radioterápica.
Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):
  • Personal médico, físico y técnico de formación acreditada
  • Programa de formación continuada
Infraestructura adecuada: gammateca, taller, activímetro, radioquirófano, pantallas de radioprotección, equipo radiológico de verificación, instrumental quirúrgico, aplicadores de carga inmediata y diferida, hospitalización radioprotegida, si fuera necesario.
Protocolos de indicadores y técnicas aplicables

Procedimientos:

  1. Identificación del paciente.
  2. Identificación de la lesión a tratar y su extensión.
  3. Colocación del implante.
  4. Verificación de la idoneidad de la aplicación mediante control clínico y radiológico.
  5. Cálculo de la duración del tratamiento y dosimetría.
  6. Carga del implante (diferido).
  7. Anotación de las manipulaciones del material radiactivo en el libro de operaciones.
  8. Identificación de los responsables del procedimiento.

Sistema de evaluación: control radiológico de la aplicación.

7. Control del Tratamiento

Radioterapia externa, transcutánea o teleterapia.
Definición: proceso en el que se controla la aplicación del tratamiento, sus características, así como la respuesta de la enfermedad y evolución del enfermo.Objetivo: controlar la aplicación del tratamiento y la respuesta inmediata del paciente, así como verificar la constancia de los datos anatómicos para modificar el plan de irradiación cuando se considere necesario.
Responsable: médico especialista en Oncología Radioterápica.
Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):Personal médico y sanitario de formación acreditada.
Documentación de todas las etapas anteriores.
Procedimientos: Valoración semanal de la respuesta de la enfermedad
Su clasificación como:
  • Progresión, estabilización, remisión parcial y/o remisión completa. Siempre que sea posible se llevará a cabo con medidas objetivas y reproducibles.
  • Decisión en su caso, de las modificaciones del tratamiento.
  • Valoración de la respuesta al tratamiento de los tejidos sanos.
  • Prescripción del tratamiento adecuado en base a los protocolos del centro.
  • Verificación de los datos anatómicos del paciente con los que se había planteado el tratamiento para adecuar la técnica utilizada a las nuevas características anatómicas del paciente.
  • Cumplimentación de la documentación clínica del paciente.
Sistema de evaluación: revisión de las historias de curso clínico para analizar las toxicidades aparecidas durante el tratamiento, correlación con la dosis administrada y su respuesta a los tratamientos de soporte.

Control del Tratamiento Braquiterapia
Definición: proceso en que se controla la aplicación del implante, su estabilidad y el correcto funcionamiento del equipo automatizado en cuanto a entrada y salida de las fuentes radioactivas, así como la evolución de la enfermedad y aparición de las complicaciones. Al final de la aplicación se retiran las fuentes radiactivas, excepto en los implantes definitivos.
Objetivo: comprobar que el implante se mantiene estable, que no hay averías en los dispositivos de carga diferida que puedan modificar la dosis administrada, así como que no aparecen efectos tóxicos o complicaciones que aconsejen un cambio en la estrategia de tratamiento. Al final del tratamiento, comprobar que el paciente no es portador de fuentes radiactivas no previstas y éstas han sido almacenadas correctamente.
Responsable: médico especialista en Oncología Radioterápica, Radiofísico hospitalario y operador.
Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):
  • Sistema para la obtención de imágenes ortogonales con puntos de referencia.
  • Protocolos de verificación y control de calidad de los dispositivos de carga.
  • Detectores de radiación ionizante.
  • Sistema de almacenamiento radioprotegido de las cargas radiactivas (gammateca).
Procedimientos:

  1. Verificar que el material se mantiene íntegro y funcionante.
  2. Comprobar la completa retirada de las fuentes de los dispositivos automáticos.
  3. Examen clínico del paciente.
  4. Verificación radiológica ortogonal en caso de sospecha de desplazamientos.
  5. Verificación al final de la aplicación, de la correcta y total retirada de las fuentes radiactivas.
  6. Verificación de su correcto almacenamiento.
  7. Cumplimentación de la documentación clínica del paciente.

Sistema de evaluación: control evolutivo del resultado inmediato y tardío del tratamiento sobre el tumor y las zonas críticas vecinas, correlacionándolo con la situación del implante y la dosimetría. Comparación de los datos ortogonales del implante, control periódico del libro de operaciones de la instalación de braquiterapia.

8. Evaluación Final.

Definición: etapa clínico – técnica en la que se revisan las características de tratamiento administrado y sus efectos sobre la enfermedad, los tejidos sanos y el estado del paciente.
Objetivo: comprobar las eventuales variaciones entre el tratamiento prescrito y el administrado, su justificación y valorar la respuesta al tratamiento y sus posibles toxicidades.
Responsable: médico especialista en Oncología Radioterápica.
Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):
  • Equipo médico y radiofísico hospitalario de formación adecuada.
  • Programa de formación continuada.
  • Documentación de todo el proceso realizado.
  • Protocolos diagnósticos, terapéuticos, técnicos y de valoración de la respuesta y toxicidad.
  • Personal administrativo.
Procedimientos:
  1. Revisión de la documentación clínica y técnica del paciente.
  2. Anamnesis y examen físico del paciente.
  3. Hacer constar en la historia clínica los resultados de la evaluación final.
  4. Presentación del caso en la sesión clínica correspondiente.
  5. Valorar la necesidad de emitir un informe al responsable del servicio en caso de detectar variaciones relevantes en el proceso.
  6. Establecer las pautas de tratamiento complementario o de la toxicidad detectada.
  7. Establecer el protocolo de seguimiento, si se considera pertinente.
  8. Redactar un informe del tratamiento administrado.
Sistema de evaluación: revisión de finales de tratamiento en la que se verificará la documentación del proceso radioterápico.


9. Seguimiento Del Paciente Después Del Tratamiento

Definición: etapa clínica en la que se valora la evolución de la enfermedad y los posibles efectos tóxicos agudos y la eventual aparición de efectos tóxicos tardíos.
Objetivo: valorar la eficacia del tratamiento administrado.
Responsable: médico especialista en Oncología Radioterápica.
Recursos mínimos necesarios (instrumentales, documentales y humanos):
  • Personal sanitario de formación acreditada.
  • Programa de formación continua
  • Historia clínica y documentación del proceso radioterápico.
  • Protocolo de seguimiento y de evaluación de la enfermedad si se considera pertinente.
  • Medios para el diagnóstico de la evolución de la enfermedad de base.
Procedimientos:
  • Anamnesis y examen físico del paciente.
  • Solicitud de pruebas complementarias disponibles.
  • Recogida de datos en la historia clínica o en eventuales archivos informatizados.
  • Establecimiento en su caso, del programa terapéutico y del control siguiente.
Sistema de evaluación: revisión de historias clínicas o de los datos informatizados para valorar los resultados terapéuticos a largo plazo, mediante los índices de supervivencia bruta y específica y control local a 5 y 10 años, así como la incidencia de efectos tóxicos tardíos.
En caso de fracaso terapéutico o toxicidad tardía relevante, análisis de sus causas.

Fuente: CSN-CIEMAT
http://csn.ciemat.es/MDCSN/recursos/ficheros_md/771434052_712200910531.pdf